Consentimiento y datos personales de empleados

Recientemente se ha sancionado a una empresa en Grecia (PwC) por una mala elección respecto a la base legal de tratamiento de los datos personales de sus empleados.

El esencial error que ha cometido esta empresa (que paradójicamente presta, entre otros servicios, el asesoramiento legal en protección de datos) es basar el tratamiento de datos de trabajadores en el consentimiento expreso de estos, mediante la firma de un documento. Y se entiende que es un error porque, con el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos, existen bases legales mucho más fuertes y justificadas para el tratamiento de datos que el consentimiento, el cual deber quedar relegado únicamente a aquellos casos en lo que no es aplicable otra base legal.

En concreto, para el uso de datos personales de trabajadores, la base legal de tratamiento más correcta es el desarrollo y cumplimiento de un contrato entre la empresa y estos, y el cumplimiento de obligaciones legales (alta en Seguridad Social, por ejemplo).

Ante estos hechos, en PwC Grecia se dio la absurda situación en la que, al haber escogido una base legal como es el consentimiento, en aquellos casos en los que los empleados se han negado (o se han olvidado) de firmar el documento, se entiende que PwC estaba usando estos datos sin autorización, lo que ha desembocado en una sanción de 150.000 Euros.